Se anexa link con respecto a un concepto emitido por el MEN con respecto alas competencias del CCA, a su consideración de como se ha venido manejando el tema de las tarjetas profesionales y regularizar las profesiones. Se hace en un solo idioma y un soo sentido o en varios sentidos y no somos coherentes y consistentes. ver link de concepto tecnico Ministerio de Educacion Nacional Sobre la Exoedición de las tarjetas Porfesionales para Tecnologos en gestion Documental SENA. http://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-353147_archivo_pdf_consulta_.pdf
Me permito manifestar a usted que soy egresado del SENA- CGA Con el título de Tecnólogo en Gestión Documental, solicité al colegio Colombiano de Archivistas (CCA), por medio de correo electrónico la expedición de la tarjeta Profesional conforme a la Ley 1409 de 2010, Por el cual se reglamenta el ejercicio profesional del Archivista y se dicta el código de ética. La tarjeta profesional fue negada, argumentando que el Artículo 5° de dicha Ley establecía que se debía ostentar el Titulo de Profesional en Archivista en el correspondiente nivel de formación, ya sea a nivel universitario, tecnólogo o técnico. Literalmente el Art. Dice...” ARTÍCULO 5o. DE LA TARJETA PROFESIONAL. Solo podrán obtener la Tarjeta Profesional de archivista, ejercer la profesión y usar el respectivo título dentro del territorio colombiano quienes: a) Hayan obtenido el Título Profesional de Archivística en el correspondiente nivel de formación otorgado por universidades, o Instituciones de Educación Superior, legalmente reconocidas, conforme a lo establecido en el artículo 3o de la presente ley; b) Hayan obtenido el Título Profesional de Archivística, en el correspondiente nivel de formación otorgado por universidades e Instituciones de Educación Superior que funcionen en países con los cuales Colombia haya celebrado tratados o convenios sobre reciprocidad de títulos;
No obstante la ley 1409 de 2010 establece en su Art 1°: … DEL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ARCHIVÍSTICA. ARTÍCULO 1o. DEFINICIÓN. Para todos los efectos legales, se entiende por ejercicio profesional de la archivística el desempeño laboral de profesionales, con título legalmente expedido, en todo lo relacionado con el manejo de los archivos, cuyo campo de acción se desarrolla fundamentalmente en las áreas relacionadas con el conocimiento, organización, recuperación, difusión, preservación de la información, conservación y conformación del patrimonio documental del país. Con base en lo anterior recibí una formación tecnológica basada en los anteriores conceptos de organizar, clasificar, custodiar, manejar información, preservarla, custodiarla, etc; y la expedición de dicha tarjeta fue negada, como si el conocimiento y el currículo no estuviera enmarcado dentro de los anteriores conceptos y principios y nosotros como egresados SENA quedamos excluidos literalmente de la expedición de la tarjeta profesional reglamentada por Dicha Ley, causando perjuicio toda vez que para acceder al empleo público se requiere la expedición de la tarjeta profesional y acreditar su idoneidad como profesional a través de títulos expedidos por instituciones debidamente acreditadas y autorizadas para ello y de la expedición de la tarjeta profesional en los casos reglamentados por la Ley. Ellos se reafirman en lo siguiente: Como podrá deducirse de la lectura se requiere que se tenga un título que lo acredite como archivista.....
buenos días,el compromiso de los tecnológos SENA
ResponderEliminares desempeño competente en la profesión
Creo que igual pára todas las profesiones si fuera así. No solo el tecnologo los demás tambien. No entiender el comentario
EliminarSe anexa link con respecto a un concepto emitido por el MEN con respecto alas competencias del CCA, a su consideración de como se ha venido manejando el tema de las tarjetas profesionales y regularizar las profesiones. Se hace en un solo idioma y un soo sentido o en varios sentidos y no somos coherentes y consistentes. ver link de concepto tecnico Ministerio de Educacion Nacional Sobre la Exoedición de las tarjetas Porfesionales para Tecnologos en gestion Documental SENA.
Eliminarhttp://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-353147_archivo_pdf_consulta_.pdf
Me permito manifestar a usted que soy egresado del SENA- CGA Con el título de
ResponderEliminarTecnólogo en Gestión Documental, solicité al colegio Colombiano de Archivistas
(CCA), por medio de correo electrónico la expedición de la tarjeta Profesional
conforme a la Ley 1409 de 2010, Por el cual se reglamenta el ejercicio profesional
del Archivista y se dicta el código de ética.
La tarjeta profesional fue negada, argumentando que el Artículo 5° de dicha Ley
establecía que se debía ostentar el Titulo de Profesional en Archivista en el
correspondiente nivel de formación, ya sea a nivel universitario, tecnólogo o técnico.
Literalmente el Art. Dice...” ARTÍCULO 5o. DE LA TARJETA PROFESIONAL. Solo
podrán obtener la Tarjeta Profesional de archivista, ejercer la profesión y usar el
respectivo título dentro del territorio colombiano quienes:
a) Hayan obtenido el Título Profesional de Archivística en el correspondiente nivel de
formación otorgado por universidades, o Instituciones de Educación Superior,
legalmente reconocidas, conforme a lo establecido en el artículo 3o de la presente
ley;
b) Hayan obtenido el Título Profesional de Archivística, en el correspondiente nivel
de formación otorgado por universidades e Instituciones de Educación Superior que
funcionen en países con los cuales Colombia haya celebrado tratados o convenios
sobre reciprocidad de títulos;
No obstante la ley 1409 de 2010 establece en su Art 1°: … DEL EJERCICIO
ResponderEliminarPROFESIONAL DE LA ARCHIVÍSTICA. ARTÍCULO 1o. DEFINICIÓN. Para todos
los efectos legales, se entiende por ejercicio profesional de la archivística el
desempeño laboral de profesionales, con título legalmente expedido, en todo lo
relacionado con el manejo de los archivos, cuyo campo de acción se desarrolla
fundamentalmente en las áreas relacionadas con el conocimiento, organización,
recuperación, difusión, preservación de la información, conservación y conformación
del patrimonio documental del país.
Con base en lo anterior recibí una formación tecnológica basada en los anteriores
conceptos de organizar, clasificar, custodiar, manejar información, preservarla,
custodiarla, etc; y la expedición de dicha tarjeta fue negada, como si el conocimiento
y el currículo no estuviera enmarcado dentro de los anteriores conceptos y
principios y nosotros como egresados SENA quedamos excluidos literalmente de la
expedición de la tarjeta profesional reglamentada por Dicha Ley, causando perjuicio
toda vez que para acceder al empleo público se requiere la expedición de la tarjeta
profesional y acreditar su idoneidad como profesional a través de títulos expedidos
por instituciones debidamente acreditadas y autorizadas para ello y de la expedición
de la tarjeta profesional en los casos reglamentados por la Ley.
Ellos se reafirman en lo siguiente: Como podrá deducirse de la lectura se requiere
que se tenga un título que lo acredite como archivista.....
Que porque dice Archivista.... Expresión Archivista muy claramente el al Ley 1409 de 2009. No Gestion Documental
ResponderEliminarLINK MEN
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FAVOR LEER
https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-353147_archivo_pdf_consulta_.pdf
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